En un proceso de ejecución de sentencia, el demandado cuestionó la notificación realizada a su parte pidiendo la nulidad, así como de todo lo actuado con posterioridad tras cuestionar que la notificación se habría realizado en un domicilio diferente de donde vivía.
Si bien el recurrente solo acompañó como prueba de ello su copia de DNI, los magistrados reseñaron que la misma no era suficiente para acreditar sus dichos ya que en ese documento se consigna el domicilio conforme lo declara el que lo tramita sin que exista una comprobación efectiva de ello.
El caso, bajo el nombre de "M. M. I. c/ S. S. S. s/ Ejecución De Sentencia" escaló hasta la Cámara de Apelaciones civil y comercial de Morón tras la apelación contra la resolución que rechazó en primera instancia el planteo de nulidad.
De las imágenes obtenidas en el programa Street View surgía que era la única vivienda de la cuadra y que solo había una puerta de acceso (donde se dejó pegada la cédula según el oficial de justicia), por lo que no había elementos para apartarse de la resolución de grado que rechazó la nulidad de la notificación.
Ahí, los jueces Andrés Lucio Cunto y José Luis Gallo entendieron que se trataba de un domicilio con doble numeración según las constancias de otro expediente conexo donde había informes vecinales, además del informe de la cédula por lo que dado que el recurrente solicitaba se utilice Google Street View para verificar la cuestión y tal herramienta ya había sido utilizada por el tribunal en otras causas sobre notificaciones judiciales, los camaristas decidieron aplicarla al caso y advirtieron que era la única vivienda en toda la cuadra.
Agregaron que del análisis de todos los elementos de la causa y del uso de esa herramienta surgía que efectivamente el domicilio tenía doble numeración (lo que incluso se aclaraba en el informe de la cédula) y que el apelante no había podido demostrar que residía en otro lugar diferente, sumado a que de las imágenes obtenidas en el programa Street View surgía que era la única vivienda de la cuadra y que solo había una puerta de acceso (donde se dejó pegada la cédula según el oficial de justicia), por lo que no había elementos para apartarse de la resolución de grado que rechazó la nulidad de la notificación.
Por esos motivos el tribunal resolvió confirmar la resolución apelada con costas al recurrente.