22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Fue por una hernia de disco y terminó parapléjica

En una causa en la que una persona fue a una clínica privada para realizarse una operación de hernia de disco y terminó parapléjica, la Cámara Civil ordenó que sea indemnizada por más de 800 mil pesos. Para los magistrados, las falencias ocurrieron en el post operatorio toda vez que “ningún médico la controló”. FALLO COMPLETO

 
La Cámara Civil condenó a una clínica privada a pagar más de 800 mil pesos en concepto indemnizatorio a una mujer que concurrió a operarse por una hernia de disco y quedó parapléjica.

Jorge Mayo, Jorge Giardulli y Claudio Kiper integrantes de la sala H, entendieron en la causa “Altezor de Nuñez María Isabel c/Policlínica Privada de Cirugía SA y otros s/daños y perjuicios”.

La causa fue iniciada por una persona que padecía de una hernia discal y concurrió a la clínica privada a operarse pero tras la intervención, quedó parapléjica.

Los magistrados en base a las pericias del Cuerpo Médico Forense (CMF), sostuvieron que “la decisión de intervenir a la accionante por su hernia de disco fue el tratamiento adecuado” e incluso “en la operación se logró el objetivo buscado, esto es, la discectomía”.

No obstante, respecto al post operatorio, los jueces comprobaron que la demandante había sido controlada sólo por enfermeras. “Ningún médico la controló.- Frente al informe de la enfermera Stella, el médico de guardia se limitó a ordenar que le coloquen una sonda vesical.- Nunca visitó a la paciente” dice el fallo y agrega que tras verificarse que no poseía movilidad en las piernas “no se llamó al cirujano.- Tampoco se acercó el médico de guardia a fin de asistirla y comprobar la gravedad del cuadro”.

Así, para los magistrados hubo una “pérdida de chance de curación”, más allá de que “nunca podrá conocerse con certeza absoluta cual habría sido resultado de esta cirugía, ya que no se realizó”.

En primera instancia se había condenado a la clínica a abonarle la suma de poco más de 250 mil pesos. Los camaristas consideraron estos montos exiguos por lo que los aumentaron a más de 800 mil pesos, repartidos entre los rubros de daños patrimoniales(300 mil), daño moral (300 mil), daños materiales (200 mil) y el monto por el costo de una silla de ruedas y cama ortopédica.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486