20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024
Demanda laboral

17 años sin pruebas

Una mujer reclamó una indemnización laboral al Correo Argentino, alegando haber trabajado desde 1992 al 2009. Sin embargo, su demanda fue rechazada en ambas instancias porque la justicia consideró que los testigos no eran prueba suficiente para acreditar el vínculo.

Indicó que trabajaba para el Correo Argentino bajo relación de dependencia en un paraje de la provincia de Buenos Aires y con ello entabló una demanda laboral reclamando una indemnización por despido.

Se trata de una mujer oriunda del Paraje Cucha Cucha, que según relató trabajaba como empleada administrativa y cartera “en negro” desde 1992, encargándose en su vivienda de toda la correspondencia de ese paraje, sirviendo la misma de “oficina” del correo.

Todo ello hasta 2009, momento en que la demandada “dejó de asignarle tareas”, lo que motivó el proceso judicial, previo intercambio epistolar y audiencia ante el Ministerio de Trabajo sin resultados.

La demanda fue rechazada por el juez de primera instancia, que entendió que “si existió algún vínculo entre las partes no ha sido demostrado que haya estado originado en un contrato de trabajo como pretende la actora”.

 

Como la prueba más concreta de la actora eran los testigos, la misma “debe revestir una envergadura tal que persuada al juez y ello obviamente no ocurrirá si no aparece respaldado en razones o motivos que la tornen no sólo creíble, sino también racionalmente explicable que las cosas sucedieron tal como son referidas por los deponentes”

 

Y si bien la actora acompañó testigos que indicaron que trabajaba para el correo, para el magistrado, “lo que describieron los testigos no puede caracterizarse de tal forma, pudiéndose atribuir a una relación de naturaleza distinta a la que origina un contrato abarcado por la ley de contrato de trabajo”.

Por lo que, en definitiva, consideró que no estaba probada la subordinación técnica, económica y jurídica.

Apelada la sentencia, la Sala II de la Cámara Federal de La Plata, se expidió en esos autos caratulados “C. P. V. S. c/ Correo Oficial de la Rca. Argentina S.A. s/ despido”, optando por confirmar lo resuelto.

Para los camaristas César Álvarez y Jorge Eduardo Di Lorenzo, como la prueba más concreta de la actora eran los testigos, la misma “debe revestir una envergadura tal que persuada al juez y ello obviamente no ocurrirá si no aparece respaldado en razones o motivos que la tornen no sólo creíble, sino también racionalmente explicable que las cosas sucedieron tal como son referidas por los deponentes”.

En el caso la mujer pretendía probar 17 años de trabajo solo con dos testigos, lo que no era suficiente para que opere la presunción del art. 23 LCT, por lo cual rechazaron el recurso con costas de ambas instancias a la perdidosa.

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